Admiten demanda a lineamientos de piloto para fracking
Fecha de Publicación: 20/07/2020
Fuente: El Nuevo Siglo
País/Región: Colombia
Tendrá trámite una demanda que busca que se anule el decreto por medio del cual el Gobierno nacional fijó los lineamientos para adelantar proyectos piloto de investigación integral sobre yacimientos no convencionales de hidrocarburos, utilizando la técnica de fracturamiento hidráulico conocida como fracking.
Así lo anunció ayer el Consejo de Estado al informar que admitió una demanda de nulidad por inconstitucionalidad que se presentó contra esta disposición. Para los accionantes, el acto administrativo vulnera el principio de precaución, en detrimento de los deberes del Estado de prevenir daños ambientales; el derecho de las personas a gozar de un medio ambiente sano, y el derecho a la participación libre e informada que deberían tener comunidades indígenas y tribales, a través de la consulta previa obligatoria que, según los firmantes de la demanda, debería exigirse frente a cada uno de los proyectos.
Según el Consejo de Estado, las pretensiones de los demandantes no pueden examinarse a través de la acción de nulidad por inconstitucionalidad sino mediante el recurso de nulidad. Así las cosas, la alta Corte decidió adecuar la acción a este último medio de control, teniendo en cuenta que el decreto no fue expedido como desarrollo directo de un mandato constitucional sino con base en la ley que le confiere al Ministerio de Minas la competencia de evaluar los proyectos piloto del fracking. Además, para examinar las supuestas falencias de este acto, no basta la confrontación directa con la Constitución sino que se requiere analizar además varias normas de rango legal.
Adicionalmente, la alta Corte sostuvo que esta acción cumple con los requisitos formales relacionados con la identificación de las partes, la individualización del acto demandado y la inclusión del acto administrativo frente al cual se pretende el examen judicial. Por estas razones, el Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad contra el decreto.
A través del Decreto 328 de 2020, el Ministerio de Minas dio a conocer las condiciones para utilización de yacimientos no convencionales.
En marzo pasado, la exministra de Minas, María Fernanda Suárez, dijo tras ser expedido el decreto que "la decisión se tomó teniendo en cuenta las mesas de concertación que se efectuaron a nivel nacional durante dos meses, donde se recibieron opiniones y sugerencias de ciudadanos, expertos y diferentes entidades públicas y privadas".
Añadió Suárez en esa oportunidad que "una vez concluya el piloto hay una fase de evaluación donde se incorporan los resultados de todas las variables que se han monitoreado para poder tomar una decisión de si se puede continuar o no".
De otra parte, el Ministerio de Minas publicó para participación ciudadana el proyecto de resolución por la cual se establecen lineamientos técnicos para el desarrollo de los proyectos piloto de fracking, en el cual -entre otros- define que se podrán adelantar en las cuencas sedimentarias del Valle Medio del Magdalena y Cesar Ranchería.
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Fecha de Publicación: 20/07/2020
Fuente: El Nuevo Siglo
País/Región: Colombia
Tendrá trámite una demanda que busca que se anule el decreto por medio del cual el Gobierno nacional fijó los lineamientos para adelantar proyectos piloto de investigación integral sobre yacimientos no convencionales de hidrocarburos, utilizando la técnica de fracturamiento hidráulico conocida como fracking.
Así lo anunció ayer el Consejo de Estado al informar que admitió una demanda de nulidad por inconstitucionalidad que se presentó contra esta disposición. Para los accionantes, el acto administrativo vulnera el principio de precaución, en detrimento de los deberes del Estado de prevenir daños ambientales; el derecho de las personas a gozar de un medio ambiente sano, y el derecho a la participación libre e informada que deberían tener comunidades indígenas y tribales, a través de la consulta previa obligatoria que, según los firmantes de la demanda, debería exigirse frente a cada uno de los proyectos.
Según el Consejo de Estado, las pretensiones de los demandantes no pueden examinarse a través de la acción de nulidad por inconstitucionalidad sino mediante el recurso de nulidad. Así las cosas, la alta Corte decidió adecuar la acción a este último medio de control, teniendo en cuenta que el decreto no fue expedido como desarrollo directo de un mandato constitucional sino con base en la ley que le confiere al Ministerio de Minas la competencia de evaluar los proyectos piloto del fracking. Además, para examinar las supuestas falencias de este acto, no basta la confrontación directa con la Constitución sino que se requiere analizar además varias normas de rango legal.
Adicionalmente, la alta Corte sostuvo que esta acción cumple con los requisitos formales relacionados con la identificación de las partes, la individualización del acto demandado y la inclusión del acto administrativo frente al cual se pretende el examen judicial. Por estas razones, el Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad contra el decreto.
A través del Decreto 328 de 2020, el Ministerio de Minas dio a conocer las condiciones para utilización de yacimientos no convencionales.
En marzo pasado, la exministra de Minas, María Fernanda Suárez, dijo tras ser expedido el decreto que "la decisión se tomó teniendo en cuenta las mesas de concertación que se efectuaron a nivel nacional durante dos meses, donde se recibieron opiniones y sugerencias de ciudadanos, expertos y diferentes entidades públicas y privadas".
Añadió Suárez en esa oportunidad que "una vez concluya el piloto hay una fase de evaluación donde se incorporan los resultados de todas las variables que se han monitoreado para poder tomar una decisión de si se puede continuar o no".
De otra parte, el Ministerio de Minas publicó para participación ciudadana el proyecto de resolución por la cual se establecen lineamientos técnicos para el desarrollo de los proyectos piloto de fracking, en el cual -entre otros- define que se podrán adelantar en las cuencas sedimentarias del Valle Medio del Magdalena y Cesar Ranchería.
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